Metodología: Base de Datos de Alegaciones de Personas Trabajadoras Migrantes
La Base de Datos de Alegaciones de Personas Trabajadoras Migrantes registra detalles de alegaciones de abuso a derechos humanos reportadas públicamente cometidas por empresas o vinculadas a ellas en todo el mundo, incluidas las alegaciones contra personas trabajadoras migrantes. Destacamos tendencias en abusos, demografía afectada, ubicaciones de los abusos y las empresas e industrias implicadas a nivel global.
Esto complementa el Mecanismo de Respuesta de Empresas del Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos (CIEDH), a través del cual se invita a las empresas acusadas de abusar de los derechos humanos de las personas trabajadoras migrantes, a responder públicamente a las preocupaciones. Los casos de presunto abuso también se registran cuando la empresa no es nombrada públicamente, fortaleciendo la rendición de cuentas en geografías o sectores donde las relaciones comerciales son opacas y las empresas son incontactables/inrastreables.
La Base de Datos incluye alegaciones que datan desde enero de 2022 y se actualiza mensualmente.
Fuentes
La Base de Datos de Alegaciones se basa en denuncias de abusos documentados por medios de comunicación en inglés de fuentes creíbles, organizaciones no gubernamentales internacionales y locales de derechos humanos, gobiernos nacionales y regionales, y organizaciones intergubernamentales. Nuestros equipos de investigación regionales también monitorean artículos de noticias que aparecen en los países de origen de las personas migrantes en once idiomas. Sin embargo, debido a la capacidad de recursos de la organización, la Base de Datos se basa predominantemente en fuentes en inglés.
Solicitando respuestas de las empresas
Todas las fuentes incluidas en la Base de Datos de Alegaciones son de acceso público y se publican en el sitio web del CIEDH. Antes de su publicación en el sitio web, se hacen todos los esfuerzos posibles para contactar a las empresas acusadas de abusos y solicitarles que respondan a las alegaciones utilizando el Mecanismo de Respuesta de Empresas del CIEDH, a menos que ya se les haya dado la oportunidad de responder a las acusaciones o que la empresa sea objeto de una demanda u otra decisión judicial.
Análisis
¿Cómo definimos una alegación?
Una entrada en la base de datos se refiere a un caso único y concreto de abuso de derechos humanos cometido por una o más empresas contra una o más personas trabajadoras migrantes. Las fuentes que proporcionan información general sobre empresas y derechos humanos, o sobre tendencias generales de las personas trabajadoras migrantes en geografías o sectores, no se incluyen si las alegaciones que presentan no pueden vincularse a una empresa específica, ya sea nombrada o no.
Una entrada puede estar vinculada a una empresa y/o sector, o puede estar relacionada con varias empresas y/o sectores. Por ejemplo, una alegación de abuso contra un proveedor de manufactura también podría estar vinculada a los reclutadores utilizados por el proveedor, y a los compradores de bienes y servicios, si se mencionan en la fuente.
¿Cuáles son los criterios para la inclusión en la base de datos?
Se define como una "persona trabajadora migrante" si tiene las siguientes características:
- Una persona que va a participar, está participando o ha participado en una actividad remunerada en un Estado del cual no es nacional;
- Una persona que va a participar, está participando o ha participado en una actividad remunerada en un Estado que originalmente no era su país de nacionalidad o residencia habitual, pero que ahora lo es;
- Una persona que va a participar, está participando o ha participado en una actividad remunerada en una zona de un país que no es su lugar de residencia habitual, incluso si es nacional de ese país;
- Una persona refugiada o solicitante de asilo que va a participar, está participando o ha participado en una actividad remunerada en un Estado del cual no es nacional; o,
- Una persona que no es considerada como nacional por ningún Estado bajo la aplicación de sus leyes (una "persona apátrida"), que va a participar, está participando o ha participado en una actividad remunerada en un Estado que no es su país de residencia habitual.
Estas definiciones se han adaptado del Glosario sobre Migración de 2019 de la Organización Internacional para las Migraciones.
Las personas trabajadoras afectadas también deben de:
- Recibir remuneración por parte de una entidad o empresa con fines de lucro (ya sea pública, privada o estatal); o,
- Su colocación laboral debe haber sido facilitada por una entidad o empresa con fines de lucro; o,
- Su colocación laboral debe beneficiar las actividades de una entidad o empresa con fines de lucro.
¿Qué información se puede recopilar sobre cada caso?
Se incluye la siguiente información cuando está explícitamente indicada en la fuente:
- El país donde tuvo lugar el abuso;
- La nacionalidad o nacionalidades de las personas trabajadoras migrantes afectadas;
- El número de personas trabajadoras migrantes afectadas;
- Los sectores y empresas vinculados al abuso, incluyendo el sector de la entidad/empresa empleadora/compradora y su relación comercial con la persona trabajadora o los bienes/servicios ofrecidos (por ejemplo, empleador, reclutador, proveedor, comprador, etc.); así como la función laboral desempeñada por la persona trabajadora;
- Los tipos de violaciones de derechos humanos que se alegan que ocurrieron (ver abajo);
- Las respuestas a la alegación por parte de empresas o gobiernos, incluyendo los resultados de demandas e investigaciones cuando se conocen.
Violaciones de derechos e indicadores de abuso
Cada alegación está vinculada a al menos una categoría de violación de derechos, que incluye violaciones exclusivamente laborales, como el robo de salario, así como violaciones más amplias de derechos, como la libertad de expresión. Las violaciones de derechos más amplias se incluyen solo si están relacionadas con el empleo de personas trabajadoras migrantes (formales o informales).
De acuerdo con la taxonomía de nuestro sitio web, analizamos cada caso según un conjunto de más de 100 indicadores de abuso de derechos, que se agrupan en una serie de categorías, incluyendo, pero no limitándose a, las siguientes:
- Violaciones relacionadas con los estándares laborales: violaciones salariales, preocupaciones sobre las horas de trabajo y el tiempo libre o metas de rendimiento, despido arbitrario, trabajo forzado y esclavitud moderna, y trata de personas.
- Prácticas de reclutamiento injustas: sustitución de contratos, incluyendo la promesa de condiciones laborales que no se materializan a la llegada, la falta de renovación de visas, el cobro de tarifas de reclutamiento y la esclavitud por deuda.
- Negación arbitraria de libertades fundamentales: la negación de la libertad de asociación y derechos de negociación colectiva, restricciones a la libertad de movimiento, incluyendo la confiscación de documentos, arresto arbitrario, detención y exilio, la negación de la libertad de expresión, y la restricción del acceso a información, como no informar a las personas trabajadoras sobre sus derechos.
- Violaciones de salud y seguridad ocupacional: no proteger a las personas trabajadoras contra malestares relacionados con el trabajo, enfermedades o lesiones relacionadas con el lugar de trabajo, durante el transporte del alojamiento al lugar de trabajo, o en el alojamiento proporcionado por la empresa, no proporcionar acceso a medicamentos, y no mitigar el riesgo de exposición al calor.
- Estándares de vida adecuados: condiciones de vida precarias o inadecuadas, como hacinamiento, falta de higiene, falta de acceso a alimentos, agua o electricidad; y violaciones de la propiedad o posesiones de las personas trabajadoras, como la confiscación de teléfonos móviles de las personas trabajadoras.
- Abuso verbal o físico: violencia física y comportamiento intimidatorio, incluyendo amenazas y represalias por parte del empleador; acoso; y violación y abuso sexual.
- Derecho a la vida: incluyendo asesinatos y muertes.
- Discriminación: discriminación debido a la edad, género, estado de salud, embarazo, raza, etnicidad, casta, origen, orientación sexual o identidad de género de la persona trabajadora; y falta de acceso a salarios justos e igualitarios.
- Barreras para acceder a remedios: falta de acceso a remedios no judiciales; y falta de acceso a justicia y protección legal, incluyendo juicios injustos y demandas estratégicas contra la participación pública.
Otros impactos documentados en la base de datos incluyen violaciones del derecho a la salud personal y mental de las personas trabajadoras migrantes, y el derecho a una vida privada y familiar, el derecho a la privacidad, así como derechos económicos, sociales y culturales, además de derechos civiles y políticos.
Alcance y limitaciones
La Base de Datos de Alegaciones se basa en información públicamente reportada sobre abusos presuntamente cometidos por entidades corporativas; el CIEDH no verifica de manera independiente la exactitud de las alegaciones.
Por lo tanto, la base de datos subrepresenta los abusos en ubicaciones donde el activismo por los derechos, el espacio cívico y las libertades de los medios están restringidos. En estos lugares, el temor de las personas trabajadoras a sufrir represalias por parte del empleador hace que no se denuncien todos los casos. Del mismo modo, determinados países o regiones pueden estar sobrerrepresentados, por ejemplo, a través de informes únicos que hacen referencia a un elevado número de denuncias, o a un alto nivel de transparencia en los registros gubernamentales.
Las personas trabajadoras indocumentadas también están subrepresentadas en los datos debido a su estatus migratorio criminalizado, lo que significa que estas personas trabajadoras rara vez informan sobre abusos y a menudo son invisibles. El equipo de investigación también pueden abstenerse de resaltar casos que afectan a las personas trabajadoras indocumentadas debido al riesgo de represalias por parte de los empleadores. Reconocemos las vulnerabilidades de las personas trabajadoras indocumentadas, independientemente de su prevalencia en el conjunto de datos.
¿Cómo se utiliza la información?
Los datos han sido utilizados por el CIEDH en nuestro propio análisis, por aliadas que trabajan en derechos de personas migrantes en geografías particulares, y por medios de comunicación que buscan casos e información sobre tendencias emergentes que afectan a las personas trabajadoras migrantes.
Si conoce un caso que no está cubierto actualmente en la base de datos, o si desea información o datos, por favor, contáctenos.